LOS DECRETOS REGLAMENTARIOS

Los anteriormente mencionados: Constitución Nacional y Estatuto Tributario no agotan el listado de las FUENTES GENERALES del Derecho Tributario, la tercera de ellas son los DECRETOS REGLAMENTARIOS. Las primeras no pueden funcionar sin la última (los decretos), pues se requieren disposiciones mediante las cuales el poder ejecutivo reglamenta y aclara la aplicación de las normas básicas.

Los temas de estos decretos, que van cambiando a lo largo del tiempo en la medida en que lo hacen el desarrollo y la economía del país, así como los parámetros del mercado mundial, la producción y el intercambio, son numerosos y específicos:

Van desde:

Inversiones agropecuarias deducibles, periodo fiscal del impuesto sobre la renta y complementarios, las comunidades organizadas, los padres que tienen el usufructo legal sobre las rentas de sus hijos menores, las fundaciones con ánimo de lucro, los requisitos para considerar las deudas como pérdidas, las industrias básicas, el valor de los bienes donados o heredados, los derechos de autor, la definición de instrumento privada para efectos del impuesto de timbre, el concepto de factura ordinaria, la definición de comprobantes de orden in temo y externo, el concepto de industria básica en minería y metalurgia, el convenio con los países del Pacto Andino para evitar la doble tributación, las actividades de ganadería, la tarifa especial para certificados de cambio y títulos canjeables, el reglamento sobre transferencias de rentas al exterior, el pago del impuesto en el exterior.

Hasta:

El porcentaje fijo de retención en la fuente sobre salarios y demás pagos laborales,  las cervezas importadas, las normas de contabilidad simplificada para efectos tributarios, las capitalizaciones, la autorretención sobre pagos de personas naturales, la declaración y pago de la retención por ingresos obtenidos en el exterior, las materias primas para la elaboración de medicamentos, la libertad de repatriación de utilidades, la tasa de cambio para efectos tributarios, la base gravable de los servicios, las cuotas de manejo de tarjetas débito o crédito, la definición de servicios para efectos del IVA, FUSIÓN DE LA DIRECCIÓN DE IMPUESTOS NACIONALES Y LA DIRECCIÓN DE ADUANAS NACIONALES, agentes de retención del impuesto de timbre, base de los ajustes por inflación, exención del impuesto sobre las ventas a diplomáticos, cumplimiento de sentencias y decisiones judiciales, tablas de retención en la fuente, presentación y pago de las declaraciones tributarías en bancos y demás entidades autorizadas, etc.

1 comentarios:

zeynep dijo...

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